La ley exige al titular del espacio a georreferenciar su parcela si la diferencia entre la superficie del Catastro y la que tiene dicha parcela difiere más de un 10 por ciento.Esto implica que hay que hacer una medición georreferenciada de la finca, solar o casa para que quede perfectamente identificada en el entorno geográfico nacional. «Somos todoterrenos»
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